La Ley del Régimen Penitenciario Decreto número 33-2006 en su artículo 26, sobre la colaboración, indica que la población privada de libertad puede apoyar en el desarrollo de las actividades penitenciarias en relación a la educación, el trabajo, la cultura, la higiene, la alimentación, el deporte y la religión.

Actualmente en cumplimiento a las instrucciones ministeriales, se generan las coordinaciones que permiten el cumplimiento a dicha norma, con la finalidad de fomentar a las personas internas en mayor número de actividades productivas, y donde la misma población genera cambios mediante el ejemplo a seguir en temas diversos, que han sido coordinados por la Subdirección de Rehabilitación Social e incrementados en la actual administración.

En el tema educativo al día de hoy, se reporta 231 hombres y 65 mujeres en privación de libertad, colaboradores activos en los programas educacionales, formales y extraescolares, que la entidad penitenciaria desarrolla mediante los 10 Institutos de educación en los diferentes penales.

Estas acciones brindan resultados positivos en la conducta y participación de más internos, al igual que es reconocido mediante el historial de conducta, trabajo y estudio, que se computan diariamente en los centros penales en cada uno de los privados de libertad que generan esta conducta proactiva y positiva en pro de una mejor reinserción social.