Tras la publicación del acuerdo gubernativo 263-2016. El Sistema Penitenciario (SP) informa que cumplirá con el resguardo y custodia de privados de libertad para el cumplimiento de condena o prisión preventiva establecido en el artículo 1 de dicho acuerdo, la consideración de traslado queda en manos del juez contralor del proceso.

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Asimismo, este acuerdo destaca que únicamente serán recluidas en el referido centro carcelario con capacidad para 32 privados de libertad; las personas civiles y militares quienes por su condición presenten eminentes riesgos que atente contra su vida, integridad personal u otras circunstancias. Además el SP garantiza el acceso de abogados, familiares de los reclusos, funcionarios del Ministerio Público, del Organismo Judicial, Procuraduría de los Derechos Humanos y otros organismos del Estado de control judicial.